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ProCreAr, requisitos crédito para compra de terreno y construcción de vivienda

En el día de ayer, miércoles 25 de septiembre, se anunció una nueva línea para los créditos PRO.CRE.AR del gobierno nacional a través de Banco Hipotecario, el cual estará disponible para quienes ingresen en el próximo sorteo disponible el 22 de octubre de 2013. Se trata de la posibilidad de financiar la compra de terreno y construcción de vivienda en un 100%, destinada a familias que aun no disponen de un terreno y quieren construir su vivienda única, familiar y de ocupación permanente. Una muy buena noticia!

Esta línea de crédito tiene como objetivo financiar la compra de hasta el 100% del valor del terreno y hasta el 100% del proyecto de obra restante sin superar los montos máximos establecidos para esta línea, que ahora son de 250.000 pesos para ingresos netos familiares de hasta 6000 pesos mensuales + 100.000 pesos para la adquisición del terreno; y de hasta 400.000 pesos para quienes posean y puedan verificar ingresos familiares superiores a 6.000 pesos mensuales + 100.000 pesos para la adquisición del terreno.

El diseño de la vivienda a construir debe corresponder a uno de los modelos de casas que PRO.CRE.AR. ofrece en forma gratuita a sus beneficiarios. Esto permite ahorrar tiempo y costos en la realización de la obra.Requisitos:
  • El valor del proyecto de obra no puede superar 5 veces el valor del terreno (es decir el valor del terreno deberá representar como mínimo un 20% del proyecto de obra total).
  • El terreno deberá estar ubicado en una zona urbana o semi-urbana consolidada (con infraestructura de servicios), sobre calle o camino trazado y con baja probabilidad de inundaciones.
  • Valor mínimo del terreno: $15.000 para el interior del país y $30.000 para Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
  • Valor máximo del terreno: Para el/los solicitante/s con $6.000 de ingresos netos mensuales, $120.000. Para ingresos entre $6.001 y $30.000, el valor máximo del terreno $150.000.
  • Nacionalidad: Argentino o Extranjero, con residencia permanente en el país.
  • Edad para acceder al crédito: entre 18 y 65 años (edad máxima al cancelar el crédito: 75 años)
  • Antigüedad laboral mínima: 1 año, tanto en relación de dependencia como en independientes.
  • Ingresos mínimos: Se consideran los ingresos netos del solicitante (sumando, cuando hubiera, los ingresos por una segunda actividad) y los de su cónyuge o concubino/a, en cuyo caso se constituirá en “codeudor”.
  • En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, se considera Salario Neto la suma de dinero que regularmente cobra el trabajador por su trabajo y que resulta del total de sus haberes menos los descuentos de ley que debe retener el empleador (descuentos previsionales, tributarios, seguros, etc.). En cuanto a los trabajadores independientes será considerado de acuerdo a la categoría que le sea establecida por el régimen tributario de la AFIP.
  • Aquellas personas que perciban un ingreso mediante becas, residencias, o cómo servicio doméstico deberán acreditar su condición de tal con los comprobantes correspondientes.
  • Relación cuota/ingreso: La cuota mensual a pagar del crédito puede cubrir hasta el 40% del ingreso neto familiar. Se consideran todas las obligaciones que tengan en el sistema financiero.
  • Antecedentes financieros: Es necesario no tener antecedentes negativos en el sistema financiero: Retrasos en pagos durante el último año. | Deudas vencidas mayores a $250. | Tener 3 o más cheques rechazados por “sin fondos” en los últimos 12 meses. | Juicios, embargos, quiebras, concursos y morosidad en los últimos 5 años.
Otros requisitos acá.
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