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Televisión Digital Abierta (terrestre) en Argentina - ¿Quienes tienen acceso?

Si bien en un futuro cercano todas las personas que posean un smartphone (celulares quee permiten la instalación de programas para incrementar el procesamiento de datos y la conectividad) podrán acceder al contenido gratuito de la televisión digital terrestre en la Argentina, por lo pronto solo algunos pocos tendrán "la suerte" de hacerlo, dado que ya está en marcha la instalación de primeras torres de retransmisión, por lo cual algunas ciudades ya tienen cobertura; y se han entregado los primeros decodificadores para equipos fijos.

¿Quienes tienen acceso o lo tendrán?

  • Establecimientos estatales que tengan por finalidad y/o función el desarrollo de actividades sociales, culturales, educativas y/o de promoción de contenidos audiovisuales.

  • Organizaciones sociales, como ser, Asociaciones Civiles sin fines de Lucro, Fundaciones o Cooperativas, que tengan por objeto el desarrollo de actividades sociales, culturales, educativas y/o de promoción de contenidos audiovisuales.

  • Hogares: Titulares de alguna de las siguientes condiciones:

  • Pensiones no contributivas: pensión a la vejez (mayores de 70 años, madres de 7 o más hijos, invalidez/ discapacidad- personas que presenten 76% o más-)*

  • Asignación Universal por Hijo (AUH).

  • Jubilaciones y/o pensiones con haberes mínimos nacionales y/o provinciales.

  • Beneficiarios de Planes sociales de algún tipo que se encuentren contemplados en alguno de los padrones de los organismos gubernamentales.

  • Aquellos integrantes de hogares en situación de vulnerabilidad que no se encuentren contemplados en las nombradas categorías. Los mismos podrán realizar una solicitud complementaria, acompañada con la documentación respaldatoria correspondiente en las oficinas del Correo Argentino más cercanas a su domicilio, siguiendo los mismos pasos de solicitud que el resto de los interesados.

Vejez: Se regula por la Ley Nº 13.478 y su Decreto Reglamentario Nº 582/03. Invalidez/Discapacidad: se regula mediante la Ley Nº 18.910, Decreto Reglamentario Nº 432/97. Madres: Se regula por la Ley Nº 23.746, Decreto Reglamentario Nº 2360/90.

El beneficio consiste en un paquete de equipamiento receptor de señal de TDT que será entregado en comodato sin costo alguno.

Teléfono de contacto: 0800-888-MiTV (6488) de Lunes a Domingo hasta las 21 horas. Formularios para la solicitud: Click aquí.

Sin embargo algunos medios hablan de corrupción, y si esto es cierto, el futuro de la TDT(a) es complicado. Esperemos que no nos salga más caro de lo que ya es.

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