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¿Cuántos fiscales se permiten en la mesa y cuántos en el cuarto oscuro? | Elecciones

Autor: Mazcue

Si eres el presidente o suplente de una mesa electoral, debes tener bien claro cómo actuar ante la presencia de Fiscales (los encargados por cada partido participante de las elecciones en controlar el normal desarrollo del sufragio, y reponer boletas en caso de que hagan falta).

Primero debes tener en cuenta que existen dos clases de fiscales: Los fiscales y los fiscales generales, éstos últimos tienen a su cargo el control en general de las mesas y de los cuartos oscuros, pueden solicitar ingresar al cuarto oscuro las veces que lo deseen (siempre en un plazo racional de tiempo) para controlar si faltan boletas del partido o si ha ocurrido algo en particular. En cambio, los fiscales (comunes, por así decirlo) solo pueden permanecer en una determinada mesa electoral, y solo pueden ingresar al cuarto oscuro de dicha mesa (pueden ser suplantados por un fiscal general, si así lo desean).

Solo se admite 1 fiscal por cada partido en la mesa electoral, y nunca puede haber más de uno. Solo habrá dos fiscales del mismo partido cuando un fiscal general desee ingresar al cuarto oscuro, en cuyo caso también ingresarán el resto de los fiscales y el presidente de mesa.

Al momento del escrutinio final, se admite la presencia de solo 1 fiscal por partido dentro del cuarto oscuro.

Siempre hay que solicitar la tarjeta que identifica a dicha persona como Fiscal o Fiscal General de un determinado partido. Por lo general, existe un Fiscal General por escuela o colegio habilitado para el sufragio.

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